Mi Almacén Amigo cumple con la normativa de la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo Resolución 424/2020 a través de la cual dispuso la obligación para los proveedores que comercialicen bienes y servicios a través de páginas o aplicaciones web de publicar un link denominado “Botón de Arrepentimiento”, mediante el cual los consumidores puedan solicitar la revocación de la aceptación del producto comprado o del servicio contratado. Adicionalmente, cabe destacar que el derecho de revocación dispuesto por la normativa referida admite excepciones, como las dispuestas por el artículo 1.116 del CCyC que prevé que NO PROCEDE y por lo tanto, no va a requerir implementación del Botón de Arrepentimiento, cuando: (ii) por su naturaleza, el producto no pueda ser devuelto o pueda deteriorarse con rapidez;
– Por ejemplo: el suministro de alimentos perecederos.
Más información en el siguiente link https://www.cace.org.ar/noticias-boton-de-arrepentimiento
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